
Descargar Nuevo Plan General Contable
Escuela Internacional de Gerencia, en su línea de aportaciones de valor a la sociedad ofreció el pasado Lunes 10 de Diciembre, dentro del Foro de Contabilidad una jornada sobre el Nuevo Plan General de Contabilidad.
El objetivo de las tres ponencias realizadas fue el de exponer y analizar los efectos de la reforma para la empresa y los profesionales de la contabilidad.
El Consejo de Ministros acaba de aprobar los dos reales decretos que desarrollan la Ley 16/2007 de adaptación y reforma de la legislación mercantil en materia contable. Los dos decretos contienen el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad para PYMES. Ambos entrarán en vigor el próximo 1 de Enero de 2008.
En ellos se incluyen criterios que provienen de las normas de contabilidad internacional, conocidas como NIC o NIIF, con lo que se pretende una armonización de las normas contables españolas con las internacionales, plasmadas en una ley que fue aprobada en Julio pasado y en estos dos desarrollos reglamentarios expresados en los decretos.
Se pretende así conseguir una lectura homogénea de los estados financieros de las empresas españolas.
Las tres ponencias de la jornada fueron:
“Comparación entre el Plan General de Contabilidad de 1990 y el nuevo Plan” presentada por D. Ricardo García Lorenzo. Profesor Titular de ESIC. Área financiera.
“El marco conceptual del nuevo Plan General de Contabilidad” presentada por D. Alfonso Rojo Ramírez. Catedrático del Departamento de Dirección y Gestión de Empresas. Universidad de Almería. Presidente de LACVE.
“Impacto fiscal de la reforma contable” presentada por D. José Pedro Fernández-Casas. Asociado del Departamento Fiscal de Garrigues, Granada.
En la primera ponencia D. Ricardo García Lorenzo analizó la preparación de las empresas españolas para adoptar la nueva normativa contable. Los expertos en la materia han puesto de manifiesto la existencia de riesgos en la aplicación de la esta normativa.
Es importante destacar el desconocimiento de la nueva reforma contable por parte de la patronal y del 70% de las PYMES.
El nuevo Plan General de Contabilidad busca tres objetivos:
Adecuar la normativa contable española a la internacional.
Introducir el concepto de “Valor razonable” en el tratamiento de ciertos activos financieros.
El nuevo tratamiento contable d os “intangible” (Fondo de Comercio).
Las consecuencias de la aplicación de la nueva reforma contable van a significar para las empresas:
Costes adicionales.
Habrá que revelar más información de las actividades que realizan.
La información aportada deberá ser más fiable y relevante.
El sistema contable español será más homogéneo con las normas internacionales.
Se mantendrá la estructura básica del sistema anterior pero se busca un efecto fiscal neutro en su aplicación.
Frente a esta reforma se aconseja no tomar decisiones precipitadas y no incurrir en gastos innecesarios. Si se deberá asumir la realización de cambios en la contabilidad de las empresas y estas tendrán que adaptar sus sistemas informáticos a la nueva situación.
En la segunda ponencia D. Alfonso Rojo Ramírez, analizó el marco conceptual del nuevo Plan General de Contabilidad.
La reforma contable actual arranca con el “Reglamento UE 1606/2002”, continua con la “Ley 16/1006 de 4 de Julio donde se reforma y adapta la legislación mercantil en materia contable y se complementa con dos Reales Decretos: el RD 15/4/2007 de 16 de Noviembre (PGC) y el RD 15/15/2007 de 16 de Noviembre (PGC_PYMES) que fijan bases legales compatibles con normas internacionales.
La nueva ley contable establece los siguientes Estados Financieros:
Balance de Situación, que cobra mayor fuerza como elemento para conocer el patrimonio real de la empresa.
El Activo se compone de “Activos Monetarios” más “Activos no Monetarios” y el Pasivo en “Patrimonio Neto” más “Pasivo”.
Estado de Resultados (Cuenta de Pérdidas y Ganancias), destinado a recoger el resultado de la gestión de los directivos de la empresa.
Memoria que pasa a desempeñar un papel más relevante.
Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
Estado de Flujos de Efectivo.
Los Estados Financieros difieren de los anteriores en que incluyen además de datos sobre la gestión en la empresa otras informaciones de situaciones externas a la misma que no tienen que ver con la gestión, que no son controlables por los gestores empresariales pero afectan al resultado final.
Los cambios más significativos del nuevo Plan pueden resumirse en:
Un cambio de mentalidad que se pasa de una contabilidad formal a una contabilidad para la toma de decisiones.
Una mayor responsabilidad de los gestores que se manifiesta en la elección de criterios de valoración razonables.
Cambio de prioridades, con una mayor importancia del Balance frente a la Cuenta de Resultados.
Cambio en el criterio de valoración donde se pasa de un concepto de “valor histórico” a “valor razonable”.
La ley define el “valor razonable” como:
“El importe por el que se puede adquirir un activo o liquidar un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua”.
El nuevo Plan General de Contabilidad sustituye al “contable tradicional” por “el gestor” que debe tomar decisiones utilizando la información como elemento estratégico.
En la tercera ponencia D. José Pedro Fernández-Casas, analizó en impacto fiscal de la reforma contable. El nuevo Plan Contable es menos rígido que el actual y no puede considerarse como algo totalmente nuevo ya que la Ley 62/2003 de 30 de Diciembre establecía para las empresas españolas que operaban fuera de nuestro territorio muchas de las normas contempladas en la nueva normativa.
El nuevo Plan Contable busca tener un impacto neutral en el ámbito fiscal pero lo cierto es que estos no han sido “bien medidos”.
Las novedades fiscales más importantes del nuevo Plan son las siguientes:
Uso de una terminología contable más técnica. Introducción del concepto “valor razonable”.
Las correcciones de activos desaparecen (amortizaciones de intangibles).
Cambios en la ubicación de ciertos elementos patrimoniales
Revisión del ámbito del régimen de empresas de reducida dimensión.
Revisión del régimen fiscal de las comunidades titulares de montes vecinales.
Modificación del régimen de deducciones por reinversión.
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